Noticias | Hacienda y gestión económica | 17 junio 2020

En vigor el nuevo reglamento del Mercado Municipal de San Sebastián de La Gomera

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Este lunes entraba en vigor el nuevo reglamento del Mercado Municipal de San Sebastián de La Gomera, que detallará el régimen, la organización y el funcionamiento del servicio público que se encuentra situado en pleno centro del Casco capitalino.

Por este motivo, el Ayuntamiento convocará a los empresarios a una próxima reunión en la que, además de abordar los detalles de la nueva ordenanza, se presentará la nueva marca del mercado y se iniciará la constitución del Consejo del mercado. Un foro cuya función principal será la de asesoramiento y que estará conformado por integrantes del mismo.

En este sentido, el alcalde de San Sebastián de La Gomera, Adasat Reyes, adelantó que el Ayuntamiento trabaja en nuevas iniciativas orientadas a la dinamización, promoción y comercialización del Mercado Municipal, facilitando atraer a un número de personas a sus instalaciones y promover la presencia de turistas, toda vez se comience a normalizar su llegada a la isla.

Por su parte, el concejal responsable del Mercado Municipal, Eleazar Borrego, recordó que la mejora de la imagen del mercado va a ser un pilar esencial en la nueva ordenanza, debiendo estar presente en la vestimenta de cara al público o en el conjunto del material promocional que se realice, tal y como sucede en la mayoría de los establecimientos similares.

Otro de los aspectos en los que se hará hincapié es en que todos los artículos deberán estar señalados, a la vista de los consumidores, con el precio de venta al público, e indicar su procedencia y su calidad, no pudiendo estar las mercancías en contacto con el suelo o sobre sacos o sustancias permeables.

Asimismo, los locales y puestos deberán hallarse abiertos al público en los días y horarios establecidos, estando obligadas las personas que figuren como dependientes a estar dadas alta previamente en los seguros sociales obligatorios.

Otro aspecto importante que queda definido será la imposibilidad de que un puesto permanezca cerrado por más de cuarenta y cinco días consecutivos, salvo que hubiera obtenido una autorización expresa para ello.

Por último, la ordenanza incluye un amplio apartado con los derechos que tienen los adjudicatarios de los puestos del mercado, así como los propios compradores y un punto donde se detallen las faltas y las sanciones correspondientes.


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